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Protección de los defensores del medio ambiente

Jurisprudencia relevante para la protección de los periodistas medioambientales 

Los periodistas medioambientales informan sobre temas importantes y delicados como la deforestación, la minería ilegal, la confiscación de tierras y la contaminación. Proporcionan al público información esencial al investigar y sacar a la luz actividades privadas y estatales que repercuten negativamente en el medio ambiente. 

Al mismo tiempo, pagan un precio por prestar este importante servicio. En muchas partes del mundo, el periodismo medioambiental se considera una de las labores periodísticas más peligrosas, solo superada por el periodismo de guerra.1 Estos periodistas no solo se enfrentan a restricciones impuestas por el Estado al tratar de acceder a la información, sino que también sufren acoso, amenazas, detenciones arbitrarias y la criminalización de sus reportajes. De 2018 a 2022, Reporteros Sin Fronteras (RSF) documentó más de cincuenta violaciones a la libertad de prensa, incluidas diez muertes, relacionadas con el periodismo medioambiental.2 Se estima que el número de periodistas medioambientales asesinados entre 2009 y 2021 podría ascender a treinta.3 

La defensa legal de los periodistas medioambientales es fundamental para garantizar que puedan seguir informando. Esta ficha informativa resume algunos de los retos a los que se enfrentan los periodistas medioambientales y destaca una selección de casos legales de distintas jurisdicciones.     

Acceso a la información  

Para que los periodistas puedan informar eficazmente sobre temas medioambientales y proporcionar información importante al público, es esencial que tengan acceso a lugares, personas e información. Sin embargo, a menudo se utilizan indebidamente leyes domésticas sobre seguridad nacional, secreto de Estado y sedición para denegar a periodistas y defensores de los derechos humanos el acceso a información medioambiental y de otro tipo.4 

Los tribunales y organismos internacionales han sostenido en repetidas ocasiones que la información sobre actividades con un posible impacto ambiental debe considerarse un asunto de interés público5 y, por lo tanto, está sujeta a los requisitos legales de acceso a la información. Los instrumentos internacionales vinculantes y no vinculantes establecen expresamente que los Estados deben facilitar el acceso a la información en temas medioambientales. Esto incluye, por ejemplo, el Principio 10 de la Declaración de Río,6 que subraya la importancia de poner la información medioambiental a disposición del público y, a nivel regional, la Convención de Aarhus7 en Europa, y el Acuerdo de Escazú8 para sus Estados signatarios de América Latina y el Caribe.  

La jurisprudencia internacional también respalda el acceso efectivo a la información medioambiental. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por ejemplo, sostuvo que el acceso a dicha información permite el ejercicio de otros derechos, incluida la participación pública, y por lo tanto debe proporcionarse de manera “asequible, efectiva y oportuna” y sin necesidad de demostrar un interés directo o una implicación personal.9 Subrayando el principio de máxima divulgación, la CIDH determinó en el caso Claude Reyes contra Chile que la denegación de acceso a información ambiental en poder del Estado constituye una interferencia en la libertad de expresión y solo puede ser justificada si se cumplen las condiciones establecidas de manera clara en el test tripartito.10 

Del mismo modo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha aclarado que el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que consagra la libertad de expresión, abarca el derecho de los medios de comunicación y otros a acceder a información de interés público en poder de las autoridades para cumplir su función de vigilancia pública.11 En Guerra y otros contra Italia, un caso en el que 150 personas sufrieron una intoxicación aguda por arsénico a causa de las filtraciones de una fábrica química cercana, el TEDH concluyó que se había violado el derecho a la vida privada y familiar de los demandantes debido a que el Estado no había facilitado a la población local información esencial sobre los riesgos.12 

En el contexto africano, el artículo 24 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (Carta de Banjul), que estipula el derecho a un medio ambiente satisfactorio en términos generales, ha sido interpretado como que implica el derecho procesal a acceder a la información relacionada con el medio ambiente para permitir la participación pública en las decisiones con repercusiones medioambientales.13 

Demandas estratégicas contra la participación pública 

Los periodistas medioambientales también suelen sufrir represalias por sus reportajes en forma de demandas estratégicas contra la participación pública (SLAPPs por sus siglas en inglés).14 Las SLAPPs, a menudo presentadas por personas poderosas o funcionarios públicos, son demandas abusivas y sin fundamento que pretenden silenciar la expresión crítica sobre asuntos de interés público. Aunque adoptan formas muy diversas, el denominador común de estas demandas es el intento de intimidar a los periodistas y desviar su atención de la labor informativa sometiéndolos a litigios largos y costosos.   

Algunas jurisdicciones, como Canadá, Estados Unidos y la Unión Europea, han adoptado o están en proceso de adoptar las denominadas legislaciones anti-SLAPP. Estas leyes deben equilibrar cuidadosamente el derecho de acceso a la justicia y la libertad de expresión con disposiciones como la desestimación anticipada de demandas manifiestamente infundadas o recursos contra procedimientos judiciales abusivos. Aunque estos avances legislativos refuerzan en general la protección jurídica de los periodistas, los SLAPPs siguen planteando un reto para la información medioambiental en muchas partes del mundo.  

La naturaleza abusiva de los SLAPPs y su efecto perjudicial sobre el ejercicio de la libertad de expresión han sido reconocidos por tribunales internacionales y nacionales. La CIDH, por ejemplo, sostuvo que los SLAPPs constituyen “un uso abusivo de los mecanismos judiciales que debe ser regulado y controlado por los Estados, con el fin de permitir el ejercicio efectivo de la libertad de expresión.”15 

En un caso de demandas por difamación presentadas por varias empresas mineras contra activistas y sus abogados por sus declaraciones críticas a sus explotaciones mineras, el Tribunal Superior de Ciudad del Cabo hizo notar el desequilibrio de poder “manifiestamente obvio” y consideró que las demandas no eran “auténticas y de buena fe, sino un mero pretexto con el único propósito de silenciar a sus oponentes y críticos”.16 Esta sentencia fue confirmada posteriormente por el Tribunal Constitucional,17 y el Tribunal Superior de Pietermaritzburg18 ha aceptado recientemente la defensa SLAPP en un caso penal. En Colombia, la Corte Constitucional declaró inconstitucional una ley que facilitaba las SLAPPs. 19 

Persecución y Criminalización  

Además de las demandas SLAPP, los periodistas medioambientales se enfrentan a muchos otros tipos de acoso legal, como la criminalización de su trabajo. Las disposiciones penales, como las leyes de difamación, a menudo se utilizan indebidamente para silenciar a los periodistas y crear un efecto amedrentador sobre los reportajes de interés público.20 Las leyes penales sobre difamación, especialmente cuando conllevan penas de prisión, suponen una injerencia desproporcionada en la libertad de expresión. 

Esta opinión es compartida por numerosos tribunales y organismos internacionales. Por ejemplo, el Comité de Derechos Humanos de la ONU considera que el encarcelamiento nunca es una pena apropiada para la difamación y aboga por la despenalización de la difamación.21 El TEDH también suele considerar desproporcionadas las penas de prisión por ejercer la libertad de expresión.22 También ha descrito la imposición de otras sanciones, incluidas las multas, como “una especie de censura” que disuade tanto al periodista condenado como a otras personas de contribuir a los debates de interés público. 23 

En el contexto de las leyes sobre difamación, la CIDH reconoció el efecto amedrentador que tanto las condenas penales como las sanciones civiles tienen sobre el trabajo de los periodistas.24 También consideró que la condena a un año de prisión preventiva y la imposición de una multa por comentarios críticos a una investigación judicial fueron desproporcionadas y constituían una interferencia injustificada a la libertad de expresión.25 Recientemente, la Comisión Interamericana también condenó la criminalización de los defensores del medio ambiente mediante el uso indebido de las leyes penales en general y subrayó la obligación de los Estados de respetar los derechos de los defensores del medio ambiente, prevenir los actos de violencia contra ellos, proteger sus derechos e investigar, perseguir y castigar los delitos cometidos contra ellos.26 

Con un planteamiento similar, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos ha dejado claro que nadie debe ser objeto de sanciones u otros perjuicios por publicar de buena fe información sobre irregularidades o amenazas graves para, entre otras cosas, el medio ambiente.27 Tanto la Comisión28 como el Tribunal Africano29 reconocieron el efecto perjudicial que las leyes penales sobre difamación tienen sobre la libertad de expresión. Tribunales regionales y nacionales, como el Tribunal de la Comunidad Económica de los Estados de África Oriental (CEDEAO),30 , el Tribunal Superior de Kenia31 y el Tribunal Constitucional de Zimbabue adoptaron posturas similares.32 

  • 1. GIJN, Why Covering the Environment Means Risking Your Life in Many Parts of the World (2 September 2021), available at https://gijn.org/stories/why-covering-the-environment-means-risking-your-life-in-many-parts-of-the-world/
  • 2. RSF, Red alert for green journalism – 10 environmental reporters killed in five years (21 August 2020), available at https://rsf.org/en/red-alert-green-journalism-10-environmental-reporters-killed-five-years#:~:text=A%20total%20of%2020%20journalists,)%20and%20India%20(4).
  • 3. GIJN, Why Covering the Environment Means Risking Your Life in Many Parts of the World (2 September 2021), available at https://gijn.org/stories/why-covering-the-environment-means-risking-your-life-in-many-parts-of-the-world/.
  • 4. UN OHCHR, Comentario a la declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentals universalmente reconocidos (2016) p. 73-74, available at: https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Issues/Defenders/ComentDeclDDH_WEB.pdf
  • 5. IACtHR, Advisory Opinion OC-23/17: The Environment and Human Rights (15 November 2017), para 214; see also ECtHR, Steel and Morris v. the United Kingdom, no. 68416/01, § 89, ECHR 2005-II and ECtHR, Mamère v. France, no. 12697/03, § 20, ECHR 2006-XIII.
  • 6. Rio Declaration on Environment and Development (12 August 1992), Principle 10, A/CONF.151/26 (Vol); available at http://www.un-documents.net/rio-dec.htm;
  • 7. Convention on Access to Information, Public Participation in Decision-Making and Access to Justice in Environmental Matters ("Aarhus Convention”), Article 4, (25 June 1998), available at https://unece.org/DAM/env/pp/documents/cep43e.pdf
  • 8. Regional Agreement on Access to Information, Public Participation and Justice in Environmental Matters in Latin America and the Caribbean (“Escazú Agreement") (4 March 2018), available at https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/7e888972-80c1-48ba-9d92-7712d6e6f1ab/content.
  • 9. IACtHR, Advisory Opinion OC-23/17: The Environment and Human Rights (15 November 2017), paras 217, 219-220.
  • 10. IACtHR, Claude Reyes v. Chile (19 September 2006), Serie C No. 151, paras 89-92.
  • 11. ECtHR, Társaság a Szabadságjogokért v. Hungary, no. 37374/05, §§ 26-27, 38, 14 April 2009.
  • 12. ECtHR, Guerra and Others v. Italy, 19 February 1998, §§ 58-60 Reports of Judgments and Decisions 1998-I.
  • 13. Amechi, Polycarp Emeka, Enhancing Environmental Protection and Socio-Economic Development in Africa: A Fresh Look at the Right to a General Satisfactory Environment under the African Charter on Human and Peoples’ Rights (2009), LEAD Journal 5/1, p. 63, available at https://lead-journal.org/content/09058.pdf; Lugard, Sunday Bontur, The human right to a satisfactory environment and the role of the African Court on Human and Peoples’ Rights (2021) KAS African Law Study Library, p. 404, 410, available at https://www.nomos-elibrary.de/10.5771/2363-6262-2021-3-402.pdf.
  • 14. See for instance European Parliament, Resolution 2021/2036 on strengthening democracy and media freedom and pluralism in the EU: the undue use of actions under civil and criminal law to silence journalists, NGOs and civil society (11 November 2021), M. and N., available at https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2021-0451_EN.html#def_1_25.
  • 15. IACtHR, Palacio Urrutia v. Equador (24 November 2021), Serie C No. 446, para 95.
  • 16. South African High Court of Cape Town, Mineral Sands Resources (Pty) Ltd and Another v Reddell and Others, (7595/2017 and others) [2021] ZAWCHC 22, paras 60, 66.
  • 17. South African Constitutional Court, Mineral Sands Resources (Pty) Ltd and Others v Reddell and Others (CCT 66/21) [2022] ZACC 37 (14 November 2022).
  • 18. South Africa, Pietermaritzburg High Court, Maughan v. Zuma (7 June 20223), case 12770/22P.
  • 19. Colombian Constitutional Court, Case C-135/21 (13 May 2021).
  • 20. See for instance: PACE, Towards decriminalisation of defamation, Resolution 1577 (4 October 2007), available at: https://assembly.coe.int/nw/xml/XRef/Xref-XML2HTML-en.asp?fileid=17588&lang=en,.
  • 21. UN Human Rights Committee (HRC), General Comment No 34: Article 19: Freedoms of opinion and expression UN Doc CCPR/C/GC/34 (12 September 2011), para 47; see also UN HRC, Concluding Observations on Italy, 24 April 2006 CCPR/C/ITA/CO/5 par. 19 and UN HRC, Communication No. 1815/2008, Adonis v The Philippines, Views adopted by the Committee at its 103rd session (17 October–4 November 2011), par. 7.9-10.
  • 22. ECtHR, Cumpǎnǎ and Mazǎre v. Romania [GC], no. 33348/96, §§ 115-116 ECHR 2004-XI; Paraskevopoulos v. Greece, no. 64184/11, §§ 42-43, 28 June 2018; Sallusti v. Italy, no. 22350/13, §§ 59, 62, 7 March 2019.
  • 23. ECtHR, Lingens v. Austria, 8 July 1986, § 44, Series A no. 103.
  • 24. IACtHR, Palacio Urrutia v. Equador (24 November 2021), Serie C No. 446, paras 124-125, 160.
  • 25. IACtHR, Kimel v. Argentina (2 May 2008), Serie C. No. 177, para 94.
  • 26. OAS, IACHR Publishes Report on Situation of Environmental Defenders in Northern Central American Countries (25 April 2023), available at https://www.oas.org/en/iachr/jsForm/?File=/en/iachr/media_center/preleases/2023/076.asp.
  • 27. ACHPR, Declaration of Principles on Freedom of Expression and Access to Information in Africa (10 November 2019), Principle 35(1), available at https://achpr.au.int/en/node/902.
  • 28. ACHPR, Resolution on Repealing Criminal Defamation Laws in Africa (10–24 November 2010), available at https://achpr.au.int/en/adopted-resolutions/169-resolution-repealing-criminal-defamation-laws-africa-achprres169xlvii.
  • 29. ACtHPR, Lohe Issa Konaté v Burkina Faso (5 December 2014) App. No. 004/2013.
  • 30. ECOWAS Court, Federation of African Journalists and Others v. The Gambia (13 February 2018), ECW/CCJ/APP/36/15.
  • 31. High Court of Kenya, Okuta v. Attorney General (6 February 2017), [2017] eKLR (Petition No. 397 of 2016).
  • 32. Constitutional Court of Zimbabwe, Madanhire v. Attorney-General (12 June 2014), Judgment No. CCZ 2/14.