Volver al sitio principal de Media Defence

    Información errónea, desinformación e información maliciosa

    Módulo 8: Noticias falsas, desinformación y propaganda

    Planteamiento del problema

    La desinformación es un fenómeno complejo que presenta múltiples facetas, se enfrenta con el periodismo auténtico y la circulación de información fidedigna que cumple con las normas y la ética profesional,(1) y destruye la confianza de la ciudadanía en las instituciones democráticas.(2) Sin embargo, la desinformación y sus afines no son nuevos sino que se han vuelto cada vez más poderosos a medida que han sido impulsados ​​por las nuevas tecnologías y la rápida difusión en línea. La consecuencia es que la desinformación alimentada digitalmente, en contextos de polarización, corre el riesgo de eclipsar el periodismo de calidad y la verdad.(3)

    Cada vez más, las estrategias para combatir la desinformación tienen un carácter social y educativo con el fin de garantizar que el derecho a la libertad de expresión no se vea vulnerado por disposiciones legislativas demasiado amplias que criminalicen o, de alguna manera, congelen la expresión.

    Por lo tanto, el actual ecosistema de desinformación requiere una evaluación crítica de las razones para la difusión de información errónea y el establecimiento de campañas AMI.(4) En efecto, combatir la desinformación, en este momento, se inscribe más en el ámbito de la defensa y la educación que en el de litigio. Los escasos litigios en esta materia dan testimonio de esto. Sin embargo, es probable que esto cambie a medida que los litigantes de derechos digitales participen en más litigios estratégicos y en casos de prueba que busquen mitigar la desinformación mientras protegen y promueven la libertad de expresión.

    Definiendo la información falsa (5)
    Desinformación La desinformación es una información falaz que la persona difunde a sabiendas que es falsa, con la intención de causar un perjuicio. “Es una mentira deliberada e intencionada, y apunta a que la gente está siendo activamente desinformada por actores maliciosos”.(6)
    Información errónea La información errónea es aquella que es falsa, pero la persona que la difunde cree que es cierta o no tiene la intención de causar un perjuicio.(7)
    Información maliciosa o malinformación La información mala o maliciosa es aquella que se basa en la realidad, pero que se utiliza para infligir daño a una persona, organización o país(8); es decir, la información aunque verídica se difunde con la intención de causar un perjuicio.

    De acuerdo con el informe de 2021 de la Relatoría Especial sobre la Libertad de Expresión y de Opinión de Naciones Unidas, la desinformación prospera cuando los regímenes de información pública son débiles y el periodismo de investigación independiente es coartado. Señala, además, que algunos académicos han enmarcado el fenómeno de la desinformación como un “engaño viral” que consta principalmente de tres vectores.(9)

    1. Actores manipuladores que se involucran a sabiendas y con clara intención en campañas virales de engaño.
    2. Comportamiento engañoso que abarca la variedad de técnicas que los actores manipuladores pueden utilizar para potenciar y exagerar el alcance, la viralidad y el impacto de sus campañas.
    3. Contenido perjudicial es el vector más visible de los tres; mientras que es difícil para un observador atribuir mensajes a un actor manipulador u observar patrones de comportamiento a través de una campaña, cada usuario puede ver y formarse una opinión sobre el contenido de las publicaciones en las redes sociales. Esta es probablemente la razón por la que los reguladores se han centrado en los aspectos de contenido al regular la desinformación.

      Causas de la propagación de la desinformación

      Para entender cómo combatir la desinformación, es útil comprender primero cómo se propaga. Con la llegada de la era de la información y de Internet, la información se difunde más rápidamente, a menudo, con un solo clic.(10) Del mismo modo, la velocidad con la que se transmite la información y el acceso instantáneo a la misma, que proporciona Internet, ha provocado una prisa por publicar y ser el primero en transmitir la información. Esto, junto con prácticas más insidiosas, como la distribución intencional de desinformación con fines económicos o políticos, ha creado lo que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) denomina una “descarga perfecta” virtual de presiones convergentes que alimentan el “desorden de la información”.(11)

      La UNESCO identifica tres causas estructurales del “desorden de la información” que afectan a la industria de las noticias:

      1. Colapso de los modelos comerciales tradicionales. Como consecuencia de la rápida disminución de los ingresos publicitarios tradicionales y el fracaso de la publicidad digital para generar ganancias, las salas de redacción están sufriendo una pérdida significativa de audiencia. Los consumidores han cambiado la forma en que se informan, utilizan las redes sociales y pasan a productos de noticias “peer-to-peer” que ofrecen un acceso “a la carta”. La reducción de los presupuestos conlleva un menor control en la calidad de las publicaciones y promueven el periodismo de “cebo”. Además, las noticias “peer-to-peer” no tienen ética ni estándares acordados.(12)
      2. Transformación digital de las salas de redacciones y la narración periodística. Hay una transformación digital perceptible en la industria que ocasiona que los periodistas preparen el contenido para múltiples plataformas, lo cual limita su capacidad para interrogar y verificar adecuadamente los hechos. A menudo, los periodistas actúan en modo ‘publicar primero, verificar después’, según el cual sus historias se publican directamente en las redes sociales para satisfacer la demanda de la audiencia en tiempo real. Esto, a su vez, fomenta las prácticas de click-bait y la búsqueda de viralidad en lugar de calidad y precisión.(13)
      3. “Viralidad”: cómo la desinformación se propaga rápidamente en el nuevo ecosistema de noticias. Con el aumento de las audiencias en línea, como resultado de la llegada de las plataformas de redes sociales, los usuarios pueden seleccionar sus propios flujos de contenido y crear su propia “red de confianza” o “cámaras de eco” dentro de las cuales pueden difundirse contenidos inexactos, falsos, maliciosos y propagandísticos. Estos nuevos ecosistemas permiten que florezca la desinformación, ya que los usuarios son más propensos a compartir historias sensacionalistas y es mucho menos probable que evalúen adecuadamente las fuentes o los hechos.(14)

      Estas causas continúan planteando dificultades para las salas de redacción, los periodistas y los usuarios de las redes sociales, ya que los nuevos ecosistemas de noticias, en particular, permiten que prosperen las prácticas y los actores maliciosos. Sin embargo, como se discutió, existe una delgada línea entre tratar de combatir la transmisión de desinformación en línea y violar el derecho a la libertad de expresión.

      Caso WASHLITE contra Fox News

      El 2 de abril de 2020, la Liga de Washington para una Mayor Transparencia y Ética (WASHLITE, por sus siglas en inglés) entabló un procedimiento contra Fox News, una cadena de noticias conservadora estadounidense, alegando que “las repetidas afirmaciones de Fox de que la pandemia de COVID-19 era/es un engaño constituyen no sólo un acto desleal, sino también un acto engañoso y, por tanto, demandables bajo la Ley de Protección al Consumidor de Washington”. WASHLITE solicitó una declaración a tal efecto y una orden judicial (interdicto) que prohíba declaraciones repetidas en Fox News que indiquen que el COVID-19 es un engaño. En sus conclusiones, el Tribunal Superior de Washington consideró que el objetivo de WASHLITE era “loable”, pero que sus argumentos “iban en contra de las protecciones de la Primera Enmienda” y el derecho a la libertad de expresión. El caso fue, posteriormente, desestimado.

      El caso chileno

      En el ordenamiento jurídico chileno no existe ninguna norma específica que tipifique o establezca la ilicitud de la divulgación de noticias falsas o la acción de desinformar en general. Sin embargo, el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) de Chile, creado mediante la Ley N.º 18.838, ha establecido lineamientos relativos a la veracidad de las comunicaciones y transmisiones y ha sancionado a medios de comunicación social que los han vulnerado. 

      Este órgano ha utilizado las facultades de fiscalización y sanción para multar a distintos medios de prensa que incumplen el principio básico de los servicios televisivos, en particular, su correcto funcionamiento.(15) El correcto funcionamiento se ampara en la diligencia y buena fe que deben tener los medios de televisión para informar hechos de interés social.(16)

      El 8 de marzo de 2019 el canal de televisión Megavisión transmitió unas imágenes de supuestos actos de violencia dentro de una manifestación por el Día Internacional de la Mujer. No obstante, las imágenes corresponden, en realidad, a hechos delictivos ocurridos en otra fecha y lugar que no tenían ninguna relación con la manifestación del 8 de marzo. Por tal razón, el 29 de abril de 2019, CNTV sancionó al canal de televisión por difusión de información falsa con una multa de 450 UTM. De acuerdo con CNTV, la información divulgada por los medios debe ser objetiva, oportuna y veraz, siendo transmitida diligentemente, acorde a la responsabilidad profesional de la actividad periodística, evitando discordancias y falsedad en lo informado.(17)

      Esta facultad ejercida por el CNTV es, actualmente, la única expresión de control y sanción a las noticias falsas en medios de comunicación masiva. Se ha justificado las sanciones en el reconocimiento constitucional y legal del derecho a la información, señalando que éste debe ser ejercido de manera diligente. No obstante, el CNTV sólo tiene facultades para fiscalizar a los medios televisivos tradicionales, sin ser competente para ejercer dichas facultades respecto de lo publicado o informado en otras plataformas.

      ¿Cómo combatir la desinformación?(18)

      Combatir eficazmente la desinformación sigue siendo una cuestión contemporánea apremiante con varios remedios propuestos por juristas, académicos y activistas. En particular, el juez asociado de la Corte Suprema de los Estados Unidos, Anthony Kennedy, en su decisión mayoritaria en Estados Unidos vs. Álvarez sostuvo que “el remedio para el discurso falso es el discurso verdadero. Este es el curso ordinario en una sociedad libre. La respuesta a lo irracional es lo racional; a los ignorantes, los ilustrados; a la mentira directa, la simple verdad”.(19) Las estrategias y campañas de AMI propuestas por la UNESCO tratan de hacer operativa la posición propuesta por el juez Kennedy y ofrecer un enfoque holístico para combatir la desinformación sin limitar el derecho a la libertad de expresión.

      En Ecuador el artículo 22 de la Ley Orgánica de Comunicación consagra el derecho a recibir información de calidad, a partir del cual “todas las personas tienen derecho a que la información de relevancia pública que reciben a través de los medios de comunicación sea verificada, contrastada, precisa y contextualizada”.(20) Este artículo impone una carga a los medios de comunicación y periodistas respecto de las noticias pues, en virtud de la garantía del derecho de los ciudadanos a recibir información de calidad, no se puede propagar información falsa. La misma ley indica qué se debe entender bajo cada parámetro:

      • Verificación,implica constatar que los hechos difundidos efectivamente hayan sucedido.
      • Contrastación, implica recoger y publicar, de forma equilibrada, las versiones de las personas involucradas en los hechos narrados, salvo que cualquiera de ellas se haya negado a proporcionar su versión, de lo cual se dejará constancia expresa en la nota periodística.
      • Precisión, implica recoger y publicar con exactitud los datos cuantitativos y cualitativos que se integran a la narración periodística de los hechos. Son datos cualitativos los nombres, parentesco, función, cargo, actividad o cualquier otro que establezca conectividad de las personas con los hechos narrados. Si no fuese posible verificar los datos cuantitativos o cualitativos, los primeros serán presentados como estimaciones y los segundos serán presentados como suposiciones.
      • Contextualización, implica poner en conocimiento de la audiencia los antecedentes sobre los hechos y las personas que forman parte de la narración periodística.

      Estrategias y campañas de alfabetización mediática e informacional (AMI)

      Como punto de partida, la UNESCO propone estrategias y campañas AMI como un proceso que permite detectar la desinformación y un medio para combatir su difusión, especialmente en línea.(21) AMI es un concepto general e interrelacionado que se divide en:

      • La alfabetización en derechos humanos, que se refiere a los derechos fundamentales de todas las personas, en particular el derecho a la libertad de expresión, y a la promoción y protección de estos derechos fundamentales.(22)
      • La alfabetización informativa, que se refiere a la alfabetización sobre los medios de comunicación, incluidos los estándares y la ética periodística.(23) Esto incluye, por ejemplo, la capacidad específica de comprender el “lenguaje y las convenciones de las noticias como género y reconocer cómo estas características pueden ser explotadas con intención maliciosa”.
      • La alfabetización publicitaria, que se refiere a la comprensión de cómo funciona la publicidad en línea y cómo se generan las ganancias en la economía en línea.(24)
      • La alfabetización informática, que se refiere al uso básico de las tecnologías de la información y a la comprensión de la facilidad con la que se pueden manipular los titulares, las imágenes y, cada vez más, los videos para promover una narrativa particular.(25)
      • La comprensión de la “economía de la atención”, que se relaciona con una de las causas de la desinformación y la necesidad de que los periodistas y editores se concentren en titulares que atraen clics e imágenes engañosas para captar la atención de los usuarios y, a su vez, impulsar los ingresos por publicidad en línea.(26)
      • La privacidad y alfabetización intercultural, que se relaciona con el desarrollo de estándares sobre el derecho a la privacidad y una comprensión más amplia de cómo las comunicaciones interactúan con la identidad individual y el desarrollo social.[foontote]Ídem.[/footnote]

        Las estrategias y campañas AMI, como la campaña COVID-19 de la ONU que se detalla a continuación, deben subrayar la importancia de la alfabetización mediática e informativa en general, pero también deben incluir un grado de comprensión filosófica. Según la UNESCO, las estrategias y campañas de AMI deben ayudar a los usuarios a comprender que las noticias auténticas no constituyen la “verdad” completa (que es algo a lo que sólo podemos aproximarnos en las interacciones humanas entre unos y otros a través del tiempo).(27)

        Cinco formas en que la ONU está combatiendo la ‘infodemia’ de la COVID-19(28)

        La pandemia de coronavirus (COVID-19) ha generado una gran cantidad de información errónea. Para contrarrestar esta “desinfodemia”, la ONU ha tomado cinco medidas para combatir la desinformación:

        1. Producir y difundir hechos e información veraz. La Organización Mundial de la Salud (OMS), como fuente principal, transmite información fidedigna basada en la ciencia, al tiempo que busca contrarrestar los mitos y la desinformación.
        2. Asociarse con empresas. En asociación con WhatsApp y Facebook, la OMS lanzó servicios de mensajería, en varios idiomas, para compartir orientación crítica sobre COVID-19.
        3. Trabajar con medios y periodistas. La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) ha publicado dos resúmenes de políticas que evalúan la “desinfodemia” de COVID-19, los cuales ayudan a los periodistas a garantizar información de salud pública precisa, confiable y verificable.
        4. Movilización de la sociedad civil. La ONU ha trabajado con organizaciones no gubernamentales (ONG) para que conozcan las principales fuentes de información sobre las oportunidades de acceso, participación y contribución en los procesos durante la COVID-19.
        5. Hablando por los derechos. La Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos se pronunció en contra de las medidas restrictivas impuestas por los Estados contra los medios de comunicación independientes, así como el arresto e intimidación de periodistas, argumentando que el libre flujo de información es vital en la lucha contra el COVID-19.

        Litigios donde existen limitaciones justificadas(29)

        El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) establece en el artículo 20 que “toda propaganda en favor de la guerra estará prohibida por la ley” y que “toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley”.

        Además, el artículo 4(a) de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CERD) exige que la difusión de ideas basadas en la superioridad o el odio racial, la incitación a la discriminación racial, así como todos los actos de violencia o la incitación a tales actos contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico, deben ser declarados delito punible por la ley.

        A pesar de la importancia de la libertad de expresión, no todos los discursos están protegidos por el derecho internacional. Algunas formas de expresión deben ser prohibidas por los Estados. Sin embargo, es necesario tener en cuenta el alcance de los conceptos de “discurso de odio”, o criterios objetivos que puedan aplicarse. Una regulación excesiva de la incitación al odio puede violar el derecho a la libertad de expresión, mientras que una regulación insuficiente puede conducir a la intimidación, el acoso o la violencia contra las minorías y los grupos protegidos.

        En los casos en que la desinformación es tan atroz que cumple con los elementos de definición del discurso de odio, el litigio puede ser una herramienta útil e importante en la protección y promoción de los derechos fundamentales, incluido el derecho a la igualdad y la dignidad.(30) Sin embargo, cualquier litigio relacionado con la expresión debe ser considerado detenidamente, ya que podría conllevar consecuencias no deseadas y la posibilidad de que la jurisprudencia afecte negativamente la libertad de expresión. Dependiendo del contenido del discurso y del daño que cause, la publicación de contra-narrativas puede constituir una estrategia útil complementaria a los litigios.

        Para obtener más información sobre este tema, consulte el módulo 6 de esta serie.

        Comprobación de los hechos y verificación de las redes sociales

        Junto con las estrategias y campañas de AMI y el litigio de la desinformación que constituye un discurso de odio, otra herramienta eficaz para combatir la desinformación es la comprobación de los hechos y la verificación en las redes sociales. Según el Laboratorio de Reporteros de Duke, en el 2020 había más de 290 proyectos de fact-checking que desmentían las noticias falsas y la desinformación en 83 países, lo que supone un aumento de más de 100 organizaciones desde 2019.(31)

        En general, los procesos de comprobación y verificación de hechos, que fueron introducidos por primera vez por revistas semanales estadounidenses como Time en la década de 1920,(32) consisten en:

        • Comprobación y verificación ex-ante de los hechos. Cada vez más, y debido a la reducción de los presupuestos de las salas de redacción, la comprobación de hechos ex-ante (o antes del evento) está reservada para las redacciones y publicaciones más prominentes, que emplean a verificadores de datos dedicados.(33)
        • Comprobación de hechos a posteriori, verificación y “desacreditación”. Este método de verificación de hechos es cada vez más popular y se centra en la información publicada después de los hechos. Se concentra “principalmente (pero no exclusivamente) en los anuncios políticos, los discursos de campaña y los manifiestos de partidos políticos” y pretende que los políticos y otras figuras públicas sean responsables de la veracidad de sus declaraciones.(34) La desacreditación es un subconjunto de la comprobación de hechos y requiere un grupo específico de habilidades de verificación, cada vez más en relación con el contenido generado por el usuario en las plataformas de redes sociales.

        La verificación de hechos es fundamental en la lucha contra la desinformación y ha crecido exponencialmente en los últimos años debido a la creciente difusión de desinformación, y a la necesidad de desmentir los engaños virales.(35) Junto con las estrategias y campañas de AMI, la comprobación de hechos y la verificación en las redes sociales son cada vez más importantes en la lucha contra las noticias falsas y la información errónea.

        En Chile, por ejemplo, la Facultad de Comunicaciones de la Pontificia Universidad Católica de Chile lleva a cabo un proyecto de verificación de información viral en redes sociales y servicios de mensajería desde 2013, Factchecking.cl. En 2020 y 2021 se dedicaron a comprobar las afirmaciones de personajes políticos y otros de la opinión pública sobre el COVID-19, también verificaron las afirmaciones de los candidatos presidenciales para las elecciones de 2021.

        También en Perú, con ocasión del proceso electoral de 2021, se creó una alianza de periodismo colaborativo de fact-checking para contrarrestar la desinformación, PerúCheck. Esta iniciativa fue organizada por el Consejo de la Prensa Peruana (CPP), el Instituto Internacional para la Democracia y Asistencia Electoral (IDEA Internacional) y Verificador de La República, unidad de verificación que es parte de la International Fact-Checking Network (IFCN). La alianza involucró a medios nacionales y locales de más de 15 regiones. En noviembre de 2021, el proyecto culminó tras cumplir el objetivo de verificar el discurso potencialmente desinformativo surgido en el contexto de las elecciones presidenciales y los primeros meses del nuevo gobierno. No obstante, se planteó volver a realizar el proyecto para las elecciones regionales del 2022.

        Durante la pandemia, surgieron múltiples herramientas en la región de Fact checking que pueden ser consultadas aquí.

        Recomendaciones para Detectar una Noticia Falsa

        El 30 de agosto de 2020 el Consejo de Comunicación del Ecuador, en el contexto de las noticias falsas que circularon en redes sociales por la crisis sanitaria de la COVID-19, emitió un Manual de Buenas Prácticas Periodísticas sobre Noticias Falsas,(36) que tiene por objetivo principal establecer parámetros para que los periodistas logren identificar noticias falsas y, así, mitigar sus impactos y garantizar una gestión idónea de la comunicación.

        El Manual acoge las recomendaciones de la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas(IFLA)para detectar una noticia falsa(37):

        • Estudie la fuente. Analizar la fuente en la que es emitida dicha información es importante para saber si la fuente es confiable o no.
        • Lea más allá. Tener conocimientos para posteriormente ponerlos en práctica es un punto clave para no caer en la desinformación.
        • ¿Quién es el autor? Asimismo, en el momento de analizar la fuente, es propicio tomar en cuenta el autor; aquí existe un porcentaje alto de saber si el autor de dicha información es confiable o no.
        • Fuentes adicionales. En este punto el contraste de la fuente es fundamental, sin mencionar que hoy por hoy encontramos muchas fuentes para contrastar y comparar el contenido.
        • Compruebe la fecha. Cada hecho es publicado y por ende posee una fecha que de igual manera es parte importante para contrastar y, de esta forma, verificar el hecho.
        • ¿Es una broma? En la actualidad se encuentran un sinfín de memes; contenidos que tienen como objetivo entretener al lector, siendo este de modo humorístico. No obstante, a pesar de que también quieran transmitir cultura popular, en ocasiones es confundible por personas que no tienen alfabetización mediática.
        • Considere su sesgo. El público en el que nos encontramos dice mucho de la noticia que es emitida por el mismo, puesto que es importante saber de dónde venimos o hacia dónde vamos.
        • Pregunte al experto. Si la persona no cuenta con la alfabetización mediática y no posee un punto crítico para la noticia, la mejor opción es recurrir a personas que tengan el conocimiento apropiado para que pueda distinguir la desinformación.

        Notas

        1. Periodismo, “noticias falsas” & desinformación: Manual de Educación y Capacitación en Periodismo de la UNESCO, supra 1, pág. 44. Back
        2. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión. A/HRC/47/25, 13 de abril de 2021, párr. 84. https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G21/085/67/PDF/G2108567.pdf?OpenElement Back
        3. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y Ministerio de la Presidencia de la República Dominicana. Periodismo, “noticias falsas” & desinformación: manual de educación y capacitación en periodismo. París: UNESCO, 2020. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000373349, pág. 17. Back
        4. Ídem, pág. 72. Back
        5. Ídem, pág. 46. Back
        6. Ídem, pág. 45. Back
        7. Id. pág. 45. Back
        8. Idem Back
        9. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión. A/HRC/47/25, 13 de abril de 2021, párr. 13. https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G21/085/67/PDF/G2108567.pdf?OpenElement Back
        10. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y Ministerio de la Presidencia de la República Dominicana. Periodismo, “noticias falsas” & desinformación: manual de educación y capacitación en periodismo. París: UNESCO, 2020. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000373349, pág. 56. Back
        11. Ídem, pág. 57. Back
        12. Ídem, pág. 59. Back
        13. Ídem, pág. 59. Back
        14. Ídem, pág. 61. Back
        15. Congreso Nacional de Chile. Crea el Consejo Nacional de Televisión. Ley N.º 18838. 3 de septiembre de 1989. Artículo 1º. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=30214 Back
        16. En específico, el deber de informar de hechos veraces, aunque no bajo parámetros de verdad objetiva, si no en una exigibilidad razonable de comprobación de los hechos informados por el servicio televisivo. Nogueira Alcalá, H. Derechos Fundamentales y Garantías Constitucionales. Tomo II. Santiago: Editorial Librotecnia, 2013. Pág. 188. Back
        17. Esta decisión fue impugnada judicialmente por los sancionados pero la Corte de Apelaciones de Santiago desechó las alegaciones confirmando la multa. Consejo Nacional de Televisión (CNTV), Chile. Acta de Sesión Ordinaria del CNTV del 29 de abril de 2019. https://www.cntv.cl/wp-content/uploads/2020/05/acta_cntv_29_abril_2019_aprobada.pdf Back
        18. Para más información ver Federación Internacional de Periodistas (FIP). ¿Qué son las Fake News? Guía para combatir la desinformación en la era de posverdad. 2018. https://www.ifj.org/fileadmin/user_upload/Fake_News_-_FIP_AmLat.pdf Back
        19. U.S.C. United States vs. Alvarez, 567 U.S. 709.28 de junio de 2012. https://www.supremecourt.gov/opinions/11pdf/11-210d4e9.pdf Back
        20. Asamblea Nacional, República del Ecuador. Ley Orgánica de Comunicación. Oficio No. T.6369-SNJ-13-543. 21 de junio de 2013. https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/2020/01/Ley-Organica-de-Comunicaci%C3%B3n.pdf Back
        21. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y Ministerio de la Presidencia de la República Dominicana. Periodismo, “noticias falsas” & desinformación: manual de educación y capacitación en periodismo. París: UNESCO, 2020. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000373349, , pág. 72 Back
        22. Ídem. Back
        23. Ídem. Back
        24. Ídem. Back
        25. Ídem. Back
        26. Ídem. Back
        27. Ídem, pág. 74. Back
        28. ONU, Departamento de Comunicaciones Globales. 5 formas en que la ONU está luchando contra la ‘infodemia’ de desinformación. 30 de abril de 2020. https://www.un.org/en/un-coronavirus-communications-team/five-ways-united-nations-fighting-‘infodemic’-misinformation Back
        29. Consulte el Módulo 6 de esta serie para obtener más información sobre el discurso de odio y las limitaciones justificables a la libertad de expresión. Back
        30. Duke Reporters’ Lab, Annual census finds nearly 300 fact-checking projects around the world’, 22 de junio de 2020. https://reporterslab.org/tag/international-fact-checking-network/ Back
        31. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y Ministerio de la Presidencia de la República Dominicana. Periodismo, “noticias falsas” & desinformación: manual de educación y capacitación en periodismo. París: UNESCO, 2020. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000373349, pág. 85. Back
        32. Ídem. Back
        33. Ídem, pág. 86. Back
        34. Para más recursos relacionados con la defensa legal de los verificadores de datos ver Fact-Checkers Legal Support Initiative https://factcheckerlegalsupport.org/ Back
        35. Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación del Ecuador. Manual de buenas prácticas periodísticas sobre noticias falsas. 30 de agosto de 2020. https://www.consejodecomunicacion.gob.ec/manual-buenas-practicas-periodisticas-noticias-falsas/ Back
        36. Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas, IFLA. Cómo las bibliotecas pueden ayudar a conseguir soluciones reales para las noticias falsas. 2 de febrero de 2017. https://www.ifla.org/ES/node/11631 Back